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9 de junio de 2026 · Fiscalma

Modelo 349, cuándo lo necesitas si vendes o compras en la UE

Qué declara el modelo 349, quién está obligado, el ROI/VIES y cómo se relaciona con tus facturas intracomunitarias. Para autónomos que operan con la UE.

Si compras o vendes a empresas de otros países de la Unión Europea (servicios o mercancías), tarde o temprano te topas con el modelo 349. No asusta tanto como parece. Aquí va lo esencial.

Qué es el modelo 349

Es una declaración informativa (no se paga nada con ella) donde detallas tus operaciones intracomunitarias: a quién de la UE le has vendido o comprado, su NIF-IVA y el importe. Sirve para que las Haciendas de los países crucen datos.

Antes del 349: date de alta en el ROI (VIES)

Para operar sin IVA con empresas de la UE necesitas estar en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y tener un NIF-IVA válido en VIES. Sin eso, tu cliente europeo no podrá tratarte como operación intracomunitaria exenta.

Comprueba siempre el NIF-IVA de tu cliente en VIES antes de facturarle sin IVA.

¿Quién está obligado?

Quien realice entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes, o prestaciones/adquisiciones de servicios intracomunitarios. Si no operas con la UE, no te aplica.

Periodicidad

Suele ser mensual o trimestral según el volumen de operaciones. Si no has tenido operaciones en el periodo, normalmente no presentas.

El error típico

Facturar sin IVA a un cliente europeo sin estar en el ROI o sin validar su NIF-VIES. Si falla eso, la operación no es intracomunitaria y el lío está servido.

Cómo te ayuda Fiscalma

Fiscalma reconoce tus facturas intracomunitarias, controla que cuadren con el ROI/VIES y prepara el 349 cuando toca — para que vender en Europa no se convierta en un dolor de cabeza fiscal. Tú revisas, nosotros lo dejamos listo.

Información general orientativa, no es asesoramiento para tu caso. Obligaciones, plazos y umbrales del 349 dependen de la normativa vigente; confírmalos en la AEAT.