6 de junio de 2026 · Fiscalma
Calendario fiscal del autónomo 2026
Las fechas clave del año para autónomos: IVA, IRPF, retenciones, resúmenes anuales y renta. Para que no se te pase ningún plazo.
Perder un plazo fiscal es recargo seguro. Este es el mapa de las obligaciones más habituales del autónomo a lo largo del año — apunta las que te apliquen y respira tranquilo.
¿Lo quieres en PDF? Descárgate el calendario fiscal 2026 en una página, gratis y listo para imprimir.
Declaraciones trimestrales
Son las que más se repiten. Se presentan cuatro veces al año. Los modelos más comunes:
- 303 — IVA
- 130 — pago fraccionado del IRPF (estimación directa)
- 111 — retenciones de trabajadores y profesionales
- 115 — retenciones de alquileres
Plazos de presentación:
- 1T (enero-marzo): del 1 al 20 de abril
- 2T (abril-junio): del 1 al 20 de julio
- 3T (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre
- 4T (octubre-diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente
Resúmenes anuales (enero)
En enero se presentan los resúmenes del año anterior:
- 390 — resumen anual de IVA
- 190 — resumen anual de retenciones (el anual del 111)
- 180 — resumen anual de retenciones de alquileres (el anual del 115)
Febrero
- 347 — declaración de operaciones con terceros: clientes o proveedores con los que hayas superado los 3.005,06 € en el año.
Primavera: la renta
- La declaración de la renta (IRPF) del ejercicio anterior se presenta, habitualmente, entre abril y junio.
Tres reglas que conviene grabarse
- Si el último día de plazo cae en sábado, domingo o festivo, pasa al siguiente día hábil.
- Si domicilias el pago, el plazo para hacerlo cierra unos días antes del fin del periodo.
- Presentar fuera de plazo conlleva recargos, y sanción si te lo reclama Hacienda. Mejor con margen.
Cómo lo hace Fiscalma
El calendario fiscal de Fiscalma te avisa con antelación de cada obligación que te aplica — solo de las tuyas — y te llega el borrador del modelo listo para revisar. El objetivo es simple: cero plazos perdidos.
Información general. Las fechas se desplazan al siguiente día hábil si caen en fin de semana o festivo, y la domiciliación cierra antes; confirma siempre el calendario oficial de la AEAT para tu caso.